Conexiones domiciliarias de Energía Eléctrica

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NORMATIVA AÑO 2022:
Con el objetivo de establecer un régimen regulatorio de las futuras conexiones domiciliarias de Energía Eléctrica, queremos informar sobre la nueva modalidad técnica a implementar, para mantener un control sobre los valores de potencia demandadas, conservar las instalaciones existentes y garantizar una calidad de servicio óptima.
En base a ello, la oficina de Obras Particulares, a través del área de Redes Eléctricas
operará de la siguiente forma:


● De acuerdo a los planos de obra inicialmente presentados por los profesionales
responsables, en los cuales figurará un primer cálculo de la Potencia Eléctrica a instalar, la oficina de Redes Eléctricas procederá a brindar una conexión a título provisorio. Esta conexión tendrá las características técnicas y constructivas de una conexión definitiva.
● La obra se desarrollará normalmente a partir de esta conexión.
● Para darle a esta conexión el título de definitiva, el profesional firmante de la documentación de la obra deberá presentar un plano de obra eléctrico firmado por un profesional matriculado en la materia, donde declarará la potencia final instalada en la obra. Dicho requisito será una condición para dar de baja el canon de obra.
● Personal de redes procederá a la inspección de la obra y a la medición de los parámetros eléctricos resultantes de la instalación.
● De acuerdo a esta verificación, la oficina de Redes Eléctricas autorizará la conexión definitiva. De acuerdo a ese valor de potencia declarado, se considerará la necesidad o no de la adecuación de la
infraestructura existente a la demanda solicitada. Estas adaptaciones y/o modificaciones a la infraestructura deberán ser costeadas por el solicitante.

-En el caso de conexiones anteriores, se evaluará cada caso particular, ya que se detectaron irregularidades por consumo eléctrico no declarados.

-Esta modalidad de operación se implementará a partir del 20 de junio de 2022.